Pablo Cibraro

My notes about software development, security and other stuff.

El ABC de la residencia fiscal

Hoy voy a hablar de la residencia fiscal, pero que es exactamente una residencia fiscal ?. Por definición, es el país donde uno tributa y paga impuestos por sus ingresos. Cada país tiene distintas reglas para determinar la residencia fiscal, pero lo general es lo mismo para casi todos, y se define por dos aspectos, el centro de actividades, y la cantidad de días o permanencia.

El centro de actividades es donde uno vive, trabaja y donde la familia de uno desarrolla sus actividades principales (ej, llevar los hijos al colegio). La permanencia es por lo general 180 días, si uno permanece por más de 180 días, o mitad de un año, el fisco puede considerar que está viviendo en el país y obligarlo a tributar.

Las dos cosas no son excluyentes. Por ejemplo, si vivo con mi familia en una casa propia en Argentina, pero trabajo para una empresa en Uruguay y me la paso viajando, la residencia fiscal se fija en ese caso por el centro de actividades, y por lo tanto, Argentina.

Se hizo conocido recientemente el hecho de que Uruguay esté brindando residencia fiscal inmediata a cualquier persona que invierta más de 380 mil dólares en el país. Pero el hecho de obtener esa residencia, no garantiza que uno solo tribute en ese país. Mientras no se mueva el centro de actividades, va a tener que tributar en el país donde vive. La residencia fiscal inmediata facilita las cosas, uno solo se tiene que mudar a ese país y ya puede renunciar a la residencia fiscal anterior sin mayores problemas. Cosa que no pasaría si uno mueve su centro de actividades, pero igual tiene que esperar meses hasta obtener la residencia en otro país y luego la residencia fiscal, en ese caso, seguirá tributando en el país de origen. Por ejemplo, Argentina exige 365 días fuera del país y demostrarlo con documentación respaldatoria.

Cuando uno vive y trabaja en un país, la regla es sencilla, ya sabemos donde hay que tributar y cuanto. Ahora, cuando uno empieza a trabajar para otros países es cuando la cosa se complica.

Vivo en un país y trabajo en otros, donde tributo ?

Cada país tiene distintas reglas para tributación sobre ganancia de fuente extranjera, eso es cuando uno trabaja y recibe ganancias de empresas que no están radicadas en el mismo. Por lo general, podemos encontrar tres grupos.

Impuestos sobre ganancias globales (Régimen Mundial). Se tributa por las ganancias locales y también por cualquier ganancia que provenga de fuente extranjera. Argentina y la mayoría de los países se ubican en esta categoría.

Impuestos sobre ganancias locales solamente (Régimen Territorial). Solo se tributa por las ganancias que provienen de fuente locales. Cualquier ganancia que provenga de fuente extranjera está exenta y no paga impuestos. Es decir, si se exporta bienes o servicios a una empresa en el extranjero, no se tributa nada por eso. En esta categoría tenemos a Panama, Costa Rica y la mayoría de las islas del Caribe

Los Estados Unidos. Y por último, y como el caso más extremo de todos, tenemos a los Estados Unidos, el cual cobra impuestos de por vida a cualquier ciudadano o residente con green card, no importa donde viva. No importa que la persona ya hace años viva en otro país, trabajé ahí y tenga su centro de actividades en el mismo, siempre tendrá que seguir pagando un porcentaje de su ganancia a los Estados Unidos. La única forma de resignarse a eso es perder la ciudadanía o green card, y pagar retroactivos.

Si yo ya pago impuestos en donde tengo mi residencia fiscal, también debo pagar en los otros países ?. La respuesta es depende.

Por regla, uno paga impuestos en ambos lados, salvo que haya tratados para evitar doble imposición. Por ejemplo, Argentina tiene uno con Alemania. Si uno paga sus impuestos en Argentina, no lo debe hacer en Alemania. Y viceversa. Argentina no tiene ningún tratado con Estados Unidos, se debería pagar impuestos en ambos.

Pero si uno trabaja en forma remota desde una computadora, el trabajo se hace desde el país que esta uno o el otro ?. Desde tu país, y aquí nuevamente, cada país aplica sus reglas. Para los Estados Unidos por ejemplo, si se dan estas tres condiciones, consideran que el trabajo se realizó fuera del país y por ende no debe pagar impuestos,

  • No se visitó el país más de 30 días con visa de negocios (No aplica para turista)
  • No se tiene ninguna oficina en ese país
  • No se tiene ningún representante o empleado trabajando en ese país

No importa que el trabajo se haya realizado para una empresa en ese país, ellos consideran que el trabajo se realizó fuera del país, y por ende ellos no pueden retener ningún impuesto sobre esas ganancias.

De ahí en más, cada persona es responsable de pagar impuestos sobre eso en el país donde tiene su residencia fiscal.

Lo contrario no aplica para los Argentinos, si alguien realiza un trabajo remoto desde afuera para una empresa en ese país, y no hay doble tratado de imposición, debe igual pagar impuestos en ambos países.

Los nómades digitales

Los nómades digitales son personas que se dieron cuenta de cómo funcionaban las reglas de la residencia fiscal y se aprovechan de estas. Por lo general trabajan en forma remota desde computadora y establecieron su residencia fiscal en un país con Régimen Territorial o bien no establecieron ningún centro de actividades en ningún país, por lo que se mueven de país en país antes de los 180 días, no teniendo residencia fiscal en ninguno. De este modo, no pagan impuestos en ningun pais.

Diferencia entre persona y empresa

Las reglas para el cobro de productos/servicios y pago de impuestos cambia un poco cuando uno factura en forma personal o lo hace a través de una empresa. En el caso de Argentina, cuando una persona exporta servicios o productos de software y lo hace en forma personal, emite una factura E de exportación a su nombre. Por leyes cambiarias que rigen actualmente en el país, está obligado a repatriar el cobro y por ningún punto de vista lo puede hacer con una cuenta bancaria en el exterior. En el caso de recibir un pago en una cuenta en el exterior, deberá justificar el motivo del mismo, y al ser parte de un cobro por exportaciones, estaría inclumpliendo la ley y cometiendo un delito. Lo mismo aplica para una empresa establecida en Argentina. Hasta ahí no hay diferencia.

Ahora entran en juego las empresas offshore. Una empresa offshore es una sociedad establecida en un país cuyos accionistas (o dueños) ninguno tiene residencia en el mismo. Es una entidad jurídica totalmente separada de los accionistas y protegida por la leyes en el país donde se establece. Por mucho tiempo, este tipo de sociedad fue muy mal vista porque garantizaban la anonimidad de los accionistas, los fiscos no tenían forma de saber quienes eran los verdaderos dueños, y por ende se utilizaba para hechos delictivos como lavar dinero, o ocultar bienes. Todo esto cambió a partir de los Panama Papers, y a partir de ese momento, es casi imposible abrir una empresa offshore y mantener el anonimato. De todas formas, ese no es el propósito de una empresa offshore, sino es obtener beneficios fiscales o seguridad jurídica sobre lo que una empresa gana.

En el caso de productos o servicios de software que mencione antes, si el que pasa a vender los mismos es la empresa offshore establecida en otra pais, y no la persona física, al ser dos personas jurídicas totalmente distintas, las reglas y leyes aplican a la ubicación de la empresa y no la persona. Lo mismo para la cuenta bancaria asociada a la misma.

Un argentino puede establecer su empresa offshore, y vender productos de software desde la misma, cobrar en una cuenta en la jurisdicción de la empresa offshore y no estaría incurriendo en delito alguno, ya que la venta la realizó la empresa y no la persona.

Ahora el tema es que una sociedad offshore tributa en el país en donde se establece, y los accionistas también deben tributar por la ganancia de la misma en el lugar en donde tengan su residencia fiscal. O sea, hay doble tributación. Cuando se quiere ingresar a un mercado nuevo en el exterior y la única forma de hacerlo es mediante una empresa en ese país, quizás eso no sea un problema. De todos modos, entran en juego otras variables de las cuales un accionista puede tomar beneficios.

  • Muchos países ofrecen zonas francas o liberadas en las cuales la tributación es muy baja o casi nula. Para establecer una sociedad en esa zona, por lo general hay que cumplir muchos requisitos y solo aplica a algunos productos o servicios. Si uno logra abrir la sociedad en una de estas zonas, tributaria muy poco por la empresa, y solo le quedaría tributar en forma personal como accionista.

  • Abrir la sociedad en un país con régimen territorial. Si una empresa sólo va a exportar productos o servicios, no debería pagar impuestos en ese país, solo los accionistas lo harían en su país.

  • Leyes o incentivos fiscales. La empresa offshore puede aplicar a alguna ley o incentivo en el país para reducir los impuestos a pagar. Un ejemplo de esto es la famosa ley del Software que Argentina supo tener por muchos años, y en la cual, si la ganancia de una empresa provienia mayormente de exportación de servicios de software, los impuestos a pagar de ganancias se reducian basicamente del 35% al 15%.

Estados Unidos es otro caso particular para empresas offshore. Si se establece una sociedad LLC (Limited Liability Company) con un unico dueño o accionista, la empresa por si no tributa, lo hace el accionista como persona física, pero si se cumple con las tres reglas que mencionamos antes sobre exportación de servicios en forma remota, no se paga nada en el país. El accionista directamente paga en su país.

Sabiendo esto, ¿dónde conviene abrir la sociedad ?. Depende de donde se va a estar haciendo negocios. Si se abre una sociedad en Panamá y se vende servicios a clientes en los Estados Unidos, capaz no esté bien visto por ellos o resta seriedad a la hora de pagar. En ese caso, Es conveniente abrir la empresa directamente en los Estados Unidos, salvo que se quiera tener más de un accionista en la misma.

Por último, antes de la última ley de blanqueamiento de capitales llevada a cabo por Mauricio Macri en Argentina, los accionistas sólo estaban obligados a pagar ganancias por los dividendos o utilidades que se repartían en la empresa offshore. Si la ganancia no se dividía o se utilizaba como nuevas inversiones de crecimiento, no se pagaba nada. Lo que quisieron hacer muchos fue blanquear las sociedades offshore y no repartir dividendos nunca, simplemente reinvertir la ganancia en la propia empresa u otras cosas. Lo que establecio la ley es que cualquier empresa offshore tiene que pagar impuestos por cualquier ganancia que tenga o inversión que haga, no importa si se reparten dividendos o no.